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MOYEN
FISCAL

No procede la reducción del 30% por periodo de generación superior a dos años en las cantidades por vacaciones pendientes de disfrute en este caso concreto

V1287-25

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia

Ficha tecnica

Tipo
consulta-vinculante (qu'est-ce que c'est ?)
Identificador
V1287-25
Publicacion
10 juil. 2025

Resumen

Una trabajadora consulta si puede aplicar la reducción del 30% del artículo 18.2 LIRPF a las cantidades recibidas por vacaciones pendientes de disfrute tras resoluciones judiciales. La DGT responde que no procede la reducción porque no concurre un periodo de generación superior a dos años.

A quien afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Que hacer y antes de cuando

Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Linea de vida

2025-07-10pubPublicacion en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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Este analisis tiene caracter informativo y no constituye asesoramiento juridico ni crea relacion cliente-asesor. BM Consulting.
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