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¿Cuánto pago de IRPF por mis criptomonedas?

Calculadora del impuesto sobre ganancias de criptomonedas en España con la escala de la base del ahorro 2026 verificada. Obtén una estimación orientativa en menos de un minuto.

¿Cuánto pago de IRPF por mis criptomonedas?

Estimación del impuesto sobre ganancias patrimoniales de criptomonedas (base del ahorro IRPF 2026). Las criptomonedas tributan como base del ahorro independientemente del plazo de tenencia.

Aviso fiscal: a diferencia de otros países, España NO distingue entre ganancias a corto plazo (menos de 1 año) y largo plazo. Todas las ganancias por venta de criptoactivos tributan como base del ahorro (19%–30%) independientemente del tiempo de tenencia (art. 35/36/37 LIRPF; criterio DGT V1434-19).

Importe total recibido por la venta o intercambio de criptomonedas (en €)

Precio original de compra + comisiones de adquisición. Método FIFO obligatorio en España.

Comisiones de la plataforma, gastos de venta documentados. Solo si están acreditados.

Si ya has tributado por dividendos, venta de acciones u otros activos del ahorro, indica aquí el importe acumulado para calcular el tramo correcto.

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Fiscalidad de las criptomonedas en España: lo esencial

Las ganancias patrimoniales obtenidas por la venta o intercambio de criptomonedas tributan en la base del ahorro del IRPF (art. 35, 36 y 37 LIRPF). A diferencia de muchos otros países, España aplica los mismos tipos independientemente del tiempo que hayas tenido las criptomonedas: no existe distinción entre plusvalías a corto plazo y a largo plazo.

La escala progresiva de la base del ahorro para 2026 (confirmada; sin PGE 2024/2025/2026 aprobados — sin modificación) es la siguiente:

Tramo de ganancia patrimonial Tipo aplicable
Hasta 6.000 €19 %
De 6.000 € a 50.000 €21 %
De 50.000 € a 200.000 €23 %
De 200.000 € a 300.000 €27 %
Más de 300.000 €30 %

Fuente: art. 66 LIRPF (Ley 35/2006); tipo del 30% introducido por RDL 3/2023. Confirmado para la campaña 2026. Fuente en JSON: irpf-brackets-2026.json → savingsScale, confirmed2026 = true.

¿Cómo se calcula la ganancia patrimonial en criptomonedas?

La fórmula básica es:

Ganancia = Precio de venta − Precio de adquisición − Gastos deducibles

El precio de adquisición se calcula aplicando el método FIFO (First In, First Out): se asigna primero el coste de las unidades más antiguas. Los gastos deducibles incluyen las comisiones de la plataforma de intercambio siempre que estén documentadas.

Hechos imponibles más comunes

  • Venta de criptomoneda a moneda fiat (€, $, etc.): ganancia o pérdida patrimonial en base del ahorro.
  • Swap cripto-a-cripto (p.ej. BTC por ETH): hecho imponible en el momento del intercambio, valorado al precio de mercado (DGT V0999-18).
  • Pago con criptomonedas: se considera transmisión y genera ganancia/pérdida.
  • Staking y lending: generan rendimientos del capital mobiliario (también en la base del ahorro, mismos tipos), no ganancias patrimoniales.
  • Minería: se clasifica como actividad económica (rendimientos de actividades económicas) si tiene carácter habitual.

Modelo 721: declaración informativa de criptomonedas en el extranjero

Si a 31 de diciembre custodias criptomonedas en exchanges o wallets no radicados en España y el saldo conjunto supera los 50.000 €, debes presentar el Modelo 721 antes del 31 de marzo del año siguiente. Esta es una declaración informativa (no genera impuesto adicional), pero su incumplimiento conlleva sanciones de 5.000 € por dato omitido (mínimo 10.000 €).

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Metodología y fuentes

Esta calculadora aplica la escala de la base del ahorro del art. 66 LIRPF (Ley 35/2006) para 2026, con los tipos confirmados en el JSON irpf-brackets-2026.json (savingsScale, confirmed2026 = true). Los tipos son: 19% hasta 6.000 €, 21% de 6.000 a 50.000 €, 23% de 50.000 a 200.000 €, 27% de 200.000 a 300.000 €, y 30% a partir de 300.000 € (tipo del 30% introducido por RDL 3/2023). La calculadora permite introducir otras ganancias del ahorro ya computadas en el ejercicio para aplicar el tramo correcto.

Supuestos aplicados por esta calculadora

Escala base del ahorro (art. 66 LIRPF)
La base del ahorro es el sumatorio de rendimientos del capital mobiliario netos y ganancias/pérdidas patrimoniales netas. La escala aplica de forma progresiva: cada tramo grava únicamente la parte de la ganancia que cae en ese intervalo. El tipo del 30% para la parte que exceda de 300.000 € fue introducido por el Real Decreto-ley 3/2023. Confirmado sin cambios para la campaña 2026.
Sin distinción corto/largo plazo
A diferencia de EE.UU., Alemania o el Reino Unido, España no distingue entre plusvalías a corto plazo (menos de 1 año) y a largo plazo (más de 1 año). Todas las ganancias por transmisión de criptoactivos tributan como base del ahorro, con independencia del tiempo de tenencia (arts. 35/36/37 LIRPF, criterio reiterado en múltiples consultas DGT: V1434-19, V1976-21 y otras).
Método FIFO obligatorio
La AEAT exige el método First In, First Out (FIFO) para determinar el coste de adquisición de las unidades vendidas (DGT V1399-15, V3439-17). El coste promedio ponderado, LIFO o HIFO no son admitidos. Un swap cripto-a-cripto se valora al precio de mercado en el momento del intercambio (DGT V0999-18).
Compensación de pérdidas
Las pérdidas patrimoniales del ahorro se compensan primero con ganancias patrimoniales del ahorro del mismo ejercicio. El exceso se puede compensar con hasta el 25% del saldo positivo de rendimientos netos del capital mobiliario del ahorro (dividendos, intereses). El remanente se traslada a los 4 ejercicios siguientes (art. 49 LIRPF).
Modelo 721: declaración informativa
El Modelo 721 es una declaración informativa (Ley 11/2021) sin impacto en la cuota de IRPF. Tiene que presentarse si el saldo conjunto de criptomonedas en exchanges o wallets extranjeros supera 50.000 € a 31 de diciembre. Su incumplimiento conlleva sanciones de 5.000 € por dato, con un mínimo de 10.000 €.

Fuentes oficiales

Última revisión: 2026-06-14

Revisado por: Equipo BMC Fiscal Especialistas en fiscalidad de criptoactivos e IRPF

Esta calculadora ofrece una estimación con fines informativos. No sustituye al asesoramiento profesional. Los resultados pueden variar en función de circunstancias personales y de cambios normativos. Para una planificación adaptada a tu caso, consulta con un asesor.

Preguntas frecuentes sobre el impuesto de criptomonedas en España

¿Cómo tributan las criptomonedas en España en 2026?

Las ganancias por venta o intercambio de criptomonedas tributan como ganancias patrimoniales en la base del ahorro del IRPF. Los tipos aplicables en 2026 son: 19% para los primeros 6.000 €, 21% de 6.000 a 50.000 €, 23% de 50.000 a 200.000 €, 27% de 200.000 a 300.000 €, y 30% a partir de 300.000 €. A diferencia de otros países, España no distingue entre ganancias a corto y largo plazo: el tipo impositivo es el mismo independientemente del tiempo de tenencia.

¿Hay que declarar las criptomonedas aunque no las haya vendido?

La simple tenencia de criptomonedas no genera tributación en IRPF. El hecho imponible se produce en el momento de la transmisión: venta, swap cripto-a-cripto, uso para pago o cualquier otra enajenación. Sin embargo, si custodias criptomonedas en exchanges o wallets extranjeros con un saldo conjunto superior a 50.000 € a 31 de diciembre, debes presentar el Modelo 721 (declaración informativa) antes del 31 de marzo del ejercicio siguiente.

¿Qué pasa si tengo pérdidas en criptomonedas?

Las pérdidas patrimoniales procedentes de criptomonedas se pueden compensar con ganancias patrimoniales del ahorro del mismo ejercicio. Si el saldo neto es negativo, el exceso pendiente se puede compensar con hasta el 25% del saldo positivo de rendimientos del capital mobiliario de la base del ahorro (dividendos, intereses). El remanente que no se pueda compensar se traslada a los cuatro ejercicios siguientes (art. 49 LIRPF).

¿Cómo se calcula la ganancia en un swap cripto-a-cripto (p.ej. BTC por ETH)?

Un intercambio de una criptomoneda por otra (swap) es un hecho imponible según la DGT (consulta V0999-18). La ganancia o pérdida se calcula como: valor de mercado de la criptomoneda recibida en la fecha del intercambio, menos el coste de adquisición (método FIFO) de la criptomoneda entregada. El coste de adquisición de la nueva criptomoneda queda fijado en el valor de mercado usado para calcular la ganancia.

¿Qué método de valoración hay que usar para calcular el coste de adquisición?

España exige aplicar el método FIFO (First In, First Out): se asigna primero el coste de las unidades adquiridas más antiguas. Esto es especialmente relevante cuando se han realizado múltiples compras a diferentes precios. El método LIFO, HIFO o coste medio ponderado no son aceptados por la AEAT para criptomonedas.

Fiscalidad de criptomonedas en España

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