Ir al contenido

Abogado de herencias en Sevilla: aproveche la bonificación del 99% del ISD en Andalucía

Cuando fallece un familiar en Sevilla, la familia dispone de seis meses para tramitar la herencia, liquidar el Impuesto de Sucesiones ante la Junta de Andalucía y presentar todos los documentos necesarios. Son trámites que involucran al Registro Civil, el Ministerio de Justicia, el Colegio de Notarios de Andalucía, la Agencia Tributaria de Andalucía, el Ayuntamiento de Sevilla y los Registros de la Propiedad. Muchas familias desconocen que Andalucía ha reformado su normativa de sucesiones y que desde 2017 existe una bonificación del 99% en el Impuesto de Sucesiones para herederos en línea directa y cónyuge, lo que hace que la herencia entre padres e hijos tribute casi nada. Sin embargo, para beneficiarse de esta bonificación hay que cumplir los requisitos formales y presentar correctamente la autoliquidación.

Desde 2010 · 16 años Colaborador social AEAT

Elija un hueco en agenda con el especialista de su área.

Indíquenos cuándo llamarle y un socio le contactará en la franja elegida.

Escríbanos y le respondemos en menos de 24 horas laborables.

Datos tratados en la UE · RGPD · Sin compromiso

Por qué BM Consulting

Asesoramiento especializado y trato personal

En BMC contamos con abogados especialistas en herencias en Sevilla que gestionan todo el proceso desde el primer día: obtención del certificado de últimas voluntades, copia del testamento, declaración de herederos abintestato cuando no hay testamento, inventario y valoración de bienes, redacción del cuaderno particional, autoliquidación del ISD aplicando la bonificación del 99% de la normativa andaluza, liquidación de la plusvalía municipal en el Ayuntamiento de Sevilla e inscripción de los bienes en el Registro de la Propiedad. Si hay conflicto entre herederos, actuamos en la mediación y, si es necesario, en los Juzgados de Primera Instancia de Sevilla.

  • En Andalucía la bonificación del ISD para herederos directos (Grupos I y II) es del 99% — la herencia entre padres e hijos en Sevilla tributa casi cero.

  • El plazo para liquidar el impuesto es de 6 meses desde el fallecimiento, prorrogable otros 6 meses si se solicita a tiempo.

  • Sin testamento, la herencia se tramita por declaración de herederos abintestato ante notario.

  • Con deudas, el heredero puede aceptar a beneficio de inventario o renunciar — solo hereda el activo neto.

Cómo trabajamos

Del primer contacto al cierre del expediente

  1. Documentación inicial tras el fallecimiento

    Tramitamos el certificado de defunción, solicitamos el certificado de actos de última voluntad al Ministerio de Justicia y obtenemos la copia del testamento ante el Colegio Notarial de Andalucía. Si no hay testamento, iniciamos el expediente notarial de declaración de herederos abintestato. Le informamos de todos los plazos desde el primer momento para evitar recargos e intereses de demora.

  2. Inventario y valoración del caudal hereditario

    Elaboramos el inventario completo de todos los bienes: inmuebles en Sevilla y otras provincias, cuentas bancarias, vehículos, participaciones societarias, seguros de vida y deudas. Valoramos los bienes con los criterios de la Agencia Tributaria de Andalucía para maximizar la bonificación del 99% y minimizar el riesgo de comprobación de valores.

  3. Partición y adjudicación de bienes

    Redactamos el cuaderno particional con la distribución de bienes entre los herederos respetando las legítimas y los legados testamentarios. Si hay acuerdo, la partición se eleva a escritura pública ante notario en Sevilla. Si no hay acuerdo, iniciamos el procedimiento judicial de división de herencia.

  4. Liquidación fiscal e inscripciones registrales

    Presentamos la autoliquidación del ISD ante la Agencia Tributaria de Andalucía aplicando la bonificación del 99% para herederos en línea directa y cónyuge. Gestionamos la plusvalía municipal en el Ayuntamiento de Sevilla y tramitamos la inscripción de los inmuebles en el Registro de la Propiedad de Sevilla.

Autoevaluación · 45 segundos

¿Necesita este servicio?

Responda tres preguntas y le mostramos el servicio más relevante para su caso.

¿Reside actualmente en España?
¿Tiene patrimonio o ingresos en otro país?
¿Ha recibido o espera recibir una herencia?
¿Se está planteando establecer una empresa?
Responda para ver sus servicios recomendados.

El problema

Cuando fallece un familiar en Sevilla, la familia dispone de seis meses para tramitar la herencia, liquidar el Impuesto de Sucesiones ante la Junta de Andalucía y presentar todos los documentos necesarios. Son trámites que involucran al Registro Civil, el Ministerio de Justicia, el Colegio de Notarios de Andalucía, la Agencia Tributaria de Andalucía, el Ayuntamiento de Sevilla y los Registros de la Propiedad. Muchas familias desconocen que Andalucía ha reformado su normativa de sucesiones y que desde 2017 existe una bonificación del 99% en el Impuesto de Sucesiones para herederos en línea directa y cónyuge, lo que hace que la herencia entre padres e hijos tribute casi nada. Sin embargo, para beneficiarse de esta bonificación hay que cumplir los requisitos formales y presentar correctamente la autoliquidación.

Nuestra solución

En BMC contamos con abogados especialistas en herencias en Sevilla que gestionan todo el proceso desde el primer día: obtención del certificado de últimas voluntades, copia del testamento, declaración de herederos abintestato cuando no hay testamento, inventario y valoración de bienes, redacción del cuaderno particional, autoliquidación del ISD aplicando la bonificación del 99% de la normativa andaluza, liquidación de la plusvalía municipal en el Ayuntamiento de Sevilla e inscripción de los bienes en el Registro de la Propiedad. Si hay conflicto entre herederos, actuamos en la mediación y, si es necesario, en los Juzgados de Primera Instancia de Sevilla.

Proceso

Como lo hacemos

1

Documentación inicial tras el fallecimiento

Tramitamos el certificado de defunción, solicitamos el certificado de actos de última voluntad al Ministerio de Justicia y obtenemos la copia del testamento ante el Colegio Notarial de Andalucía. Si no hay testamento, iniciamos el expediente notarial de declaración de herederos abintestato. Le informamos de todos los plazos desde el primer momento para evitar recargos e intereses de demora.

2

Inventario y valoración del caudal hereditario

Elaboramos el inventario completo de todos los bienes: inmuebles en Sevilla y otras provincias, cuentas bancarias, vehículos, participaciones societarias, seguros de vida y deudas. Valoramos los bienes con los criterios de la Agencia Tributaria de Andalucía para maximizar la bonificación del 99% y minimizar el riesgo de comprobación de valores.

3

Partición y adjudicación de bienes

Redactamos el cuaderno particional con la distribución de bienes entre los herederos respetando las legítimas y los legados testamentarios. Si hay acuerdo, la partición se eleva a escritura pública ante notario en Sevilla. Si no hay acuerdo, iniciamos el procedimiento judicial de división de herencia.

4

Liquidación fiscal e inscripciones registrales

Presentamos la autoliquidación del ISD ante la Agencia Tributaria de Andalucía aplicando la bonificación del 99% para herederos en línea directa y cónyuge. Gestionamos la plusvalía municipal en el Ayuntamiento de Sevilla y tramitamos la inscripción de los inmuebles en el Registro de la Propiedad de Sevilla.

99%
Bonificación ISD en Andalucía para herederos directos
6 meses
Plazo para liquidar el impuesto de sucesiones
G1 y G2
Grupos beneficiados por la bonificación andaluza

Mi padre nos dejó una casa en Triana y unas cuentas. Eramos dos hermanos y no sabíamos nada del proceso. BMC nos explicó que en Andalucía casi no se paga el impuesto de sucesiones entre padres e hijos, gestionó todo el papeleo y en tres meses teníamos la herencia resuelta. Pagamos muy poco en el impuesto gracias a la bonificación.

Rocío Castellano Heredera y enfermera, Sevilla

Herencias en Sevilla: la bonificación del 99% que pocas familias conocen

Desde la reforma fiscal aprobada por la Junta de Andalucía en 2017 y consolidada en años posteriores, Andalucía aplica una bonificación del 99% en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones para los herederos de los Grupos I y II: hijos, padres, cónyuge y demás ascendientes y descendientes. Esto significa que una herencia en Sevilla entre padres e hijos, con independencia del valor de los bienes, tributa prácticamente cero en el ISD. Es una de las ventajas fiscales más importantes que un residente en Sevilla puede aprovechar, pero que requiere conocer los requisitos formales y cumplir con los plazos.

En BMC somos abogados especializados en herencias en Sevilla. Gestionamos todo el proceso desde el primer momento con un servicio integral que elimina la carga burocrática de la familia en un momento de duelo.

El proceso de tramitación de una herencia en Sevilla paso a paso

Una herencia en Sevilla implica gestiones coordinadas ante varios organismos en un plazo de seis meses desde el fallecimiento. El proceso completo abarca:

Fase 1 - Documentación inicial: Obtención del certificado de defunción en el Registro Civil, solicitud del certificado de actos de última voluntad en el Ministerio de Justicia (disponible telemáticamente), obtención de la copia autorizada del testamento ante el Colegio Notarial de Andalucía. En Sevilla, el Colegio Notarial de Andalucía tiene su sede y gestiona todos los testamentos otorgados ante notarios andaluces.

Si el causante no otorgó testamento, iniciamos el expediente de declaración de herederos abintestato ante notario. La declaración de herederos abintestato en Sevilla puede tramitarse ante cualquier notario del territorio nacional, aunque habitualmente se gestiona ante un notario del municipio donde el causante tenía su domicilio.

Fase 2 - Inventario y valoración: Elaboración del inventario de todos los bienes del causante: inmuebles (escrituras en el Registro de la Propiedad de Sevilla, con varias demarcaciones según la zona), cuentas bancarias y activos financieros, vehículos, participaciones societarias, seguros de vida y derechos de arrendamiento. La valoración debe realizarse de acuerdo con los criterios de la Agencia Tributaria de Andalucía para evitar comprobaciones de valores posteriores.

Fase 3 - Cuaderno particional: Documento en el que se distribuyen los bienes entre los herederos respetando las legítimas (un tercio de mejora + un tercio de legítima estricta + un tercio de libre disposición en el derecho común, que rige en Andalucía). Si hay bienes inmuebles, la partición debe elevarse a escritura pública ante notario.

Fase 4 - Liquidación fiscal: Presentación de la autoliquidación del ISD ante la Agencia Tributaria de Andalucía con la aplicación de la bonificación del 99% para los herederos de los Grupos I y II. Es fundamental presentar todos los documentos exigidos y cumplir exactamente los requisitos formales para que la bonificación sea reconocida sin incidencias.

Fase 5 - Plusvalía municipal: Liquidación del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos (IIVTNU) ante el Ayuntamiento de Sevilla por los inmuebles urbanos ubicados en el municipio. El Ayuntamiento de Sevilla aplica tipos de hasta el 30% sobre la plusvalía generada, aunque hay exenciones y el cálculo puede realizarse por el método objetivo o por el real.

Fase 6 - Inscripciones registrales: Inscripción de los inmuebles adjudicados en el Registro de la Propiedad correspondiente (en Sevilla hay varios registros según la zona). La inscripción es necesaria para que el nuevo titular pueda disponer del inmueble (venderlo, hipotecarlo o alquilarlo).

El Impuesto de Sucesiones en Andalucía: la bonificación del 99% en detalle

La bonificación del 99% en el Impuesto de Sucesiones para Andalucía aplica a los Grupos I (descendientes menores de 21 años) y II (descendientes mayores de 21 años, ascendientes y cónyuge). Para aplicar correctamente la bonificación es necesario:

  • Presentar la autoliquidación en el plazo de seis meses (o en la prórroga solicitada)
  • Incluir todos los bienes en el inventario (no se puede omitir bienes para reducir la base imponible artificialmente)
  • Declarar correctamente el parentesco entre el causante y cada heredero

La bonificación se aplica sobre la cuota íntegra del impuesto, no sobre la base imponible. Es decir: primero se calcula el impuesto aplicando la tarifa y los coeficientes multiplicadores, y luego se aplica la bonificación del 99% sobre la cuota resultante. El resultado es que la cuota a ingresar es el 1% del impuesto que se calcularía sin bonificación.

Para los herederos de los Grupos III y IV (hermanos, tíos, sobrinos y extraños), la bonificación del 99% no aplica. Estos herederos tributan al tipo pleno, que puede ser muy significativo para herencias de valor elevado.

Conflictos hereditarios frecuentes en Sevilla

Los conflictos en herencias sevillanas tienen perfiles específicos que nuestro equipo conoce bien:

Inmuebles en el centro histórico o Triana: Los pisos en el casco histórico de Sevilla, Triana, el Arenal o el Aljarafe pueden tener valores de mercado muy por encima del valor catastral. Cuando varios herederos no se ponen de acuerdo en el precio de venta o en quién se queda el piso, la situación puede bloquearse durante años. La acción de división de cosa común ante el Juzgado de Primera Instancia de Sevilla es la vía judicial cuando no hay acuerdo extrajudicial.

Bienes en el campo: Sevilla es una provincia con importante riqueza agrícola. Las herencias con fincas rústicas, olivares, viñedos o cortijos generan frecuentes conflictos por la valoración de los bienes y por la gestión de los bienes durante el período de indivisión.

Negocios familiares: Sevilla tiene una tejido empresarial diverso. Las herencias que incluyen participaciones en sociedades o negocios requieren una valoración específica y pueden generar conflictos entre herederos que quieren continuar el negocio y los que prefieren liquidar su parte.

Herencias con deudas ocultas: Cuando el causante tenía deudas que la familia desconocía (préstamos personales, avales, garantías), la aceptación pura y simple de la herencia puede convertirse en un problema serio. BMC siempre recomienda realizar un análisis previo del pasivo antes de aconsejar la aceptación de la herencia.

Herencias con herederos no residentes en Sevilla

Barcelona, Madrid y las ciudades costeras son los destinos preferidos de los inmigrantes extranjeros en España, pero Sevilla también tiene una importante comunidad de residentes extranjeros y de españoles que residen en el exterior. Cuando los herederos de una herencia con bienes en Sevilla no residen en España, es necesario gestionar:

  • Representación fiscal ante la Agencia Tributaria de Andalucía: Los herederos no residentes deben designar un representante fiscal en España para cumplir con sus obligaciones tributarias.
  • Poder notarial apostillado: Si los herederos no residentes otorgan un poder a un representante en España para tramitar la herencia, ese poder debe ser apostillado (si el país forma parte del Convenio de La Haya) o legalizado, y en su caso traducido por intérprete jurado.
  • Coordinación con asesores en el país de residencia: Los herederos no residentes pueden tener obligaciones fiscales en su país de residencia por los bienes que heredan en España, dependiendo del convenio de doble imposición aplicable.

BMC gestiona herencias con herederos no residentes en Sevilla, incluyendo la representación fiscal y la coordinación con abogados y asesores en el extranjero. También asesoramos sobre la interacción con el impuesto de patrimonio cuando los bienes heredados superen los umbrales de tributación andaluces.

Testamentos en Sevilla: cómo preparar su sucesión

La mejor manera de evitar conflictos y costes innecesarios en una herencia es planificarla en vida. Un testamento bien redactado ante notario en Sevilla puede prever los conflictos más habituales y distribuir el patrimonio con exactamente la voluntad del testador, dentro de los límites legales.

En BMC ofrecemos un servicio de planificación sucesoria que incluye el análisis patrimonial, la simulación de escenarios sucesorios (qué pasaría si no hay testamento, si hay conflictos, si hay bienes en el extranjero), el diseño de la estructura más eficiente y la redacción de las instrucciones para el notario. Una buena planificación sucesoria en vida puede ahorrar a los herederos decenas de miles de euros en impuestos y conflictos.

BMC cuenta con representación en Sevilla. Conozca nuestra representación de Sevilla para una atención cercana.

FAQ

Preguntas frecuentes

Desde la reforma de 2017, Andalucía aplica una bonificación del 99% en el Impuesto de Sucesiones para los herederos de los Grupos I y II: descendientes menores de 21 años (Grupo I), descendientes mayores de 21 años, ascendientes y cónyuge (Grupo II). En la práctica, una herencia entre padres e hijos en Sevilla tributa casi cero, independientemente del valor de los bienes heredados. Esta bonificación convierte a Andalucía en una de las comunidades autónomas más favorables fiscalmente para las herencias entre familiares directos, junto con Madrid.
El plazo para presentar la autoliquidación del Impuesto de Sucesiones ante la Agencia Tributaria de Andalucía es de seis meses desde el fallecimiento. Puede solicitarse prórroga de otros seis meses presentando la solicitud antes de que venza el plazo inicial. El incumplimiento genera recargos del 5% al 20% según el tiempo de retraso, más intereses de demora. Para las inscripciones en el Registro de la Propiedad no hay un plazo legal obligatorio, pero conviene realizarlas pronto.
Si el causante no otorgó testamento, es necesario tramitar una declaración de herederos abintestato. Cuando los herederos son hijos, padres o cónyuge, el expediente se tramita ante notario (es más rápido y económico). Una vez declarados los herederos, el proceso de partición e inscripción de bienes es idéntico al de la herencia con testamento. La herencia intestada en Andalucía sigue las mismas reglas del Código Civil estatal, ya que Andalucía no tiene derecho civil foral propio en materia de sucesiones.
El heredero tiene tres opciones: aceptar pura y simplemente (asume todas las deudas con su patrimonio personal), aceptar a beneficio de inventario (responde solo hasta el valor de los bienes heredados, sin comprometer el patrimonio propio) o renunciar a la herencia. La aceptación a beneficio de inventario es la opción más prudente cuando hay deudas conocidas o incertidumbre sobre el pasivo. La renuncia ante notario es definitiva e irrevocable. BMC asesora en cada caso sobre la opción más conveniente según el activo y pasivo hereditario.
Sí. Los herederos no residentes en España tienen obligación de liquidar el Impuesto de Sucesiones en España por los bienes situados en territorio español. Si el causante residía en Sevilla, la competencia fiscal corresponde a la Agencia Tributaria de Andalucía, y los herederos no residentes pueden beneficiarse de la bonificación del 99% si son del Grupo I o II. BMC gestiona herencias con herederos residentes en el extranjero, incluyendo la representación fiscal y la coordinación de la documentación notarial apostillada.
Un testamento otorgado en el extranjero es válido en España si cumple los requisitos formales del país donde fue otorgado (principio de validez formal). Para utilizarlo en la tramitación de la herencia en Sevilla debe estar apostillado o legalizado (según si el país forma parte o no del Convenio de La Haya) y, si está en otro idioma, traducido por intérprete jurado al español. El Registro General de Actos de Última Voluntad de España refleja solo los testamentos otorgados ante notario español, por lo que el certificado de últimas voluntades negativo no descarta la existencia de un testamento extranjero válido.
El coste depende de la complejidad de la herencia: número de bienes, tipo de bienes (inmuebles, cuentas, participaciones), número de herederos, existencia de conflicto y elementos internacionales. Para herencias sin conflicto en Sevilla, BMC ofrece un presupuesto cerrado tras la primera consulta gratuita. La primera consulta es sin coste y sin compromiso.

Hable con un especialista

Primera conversación sin coste. Sin compromiso. Respuesta en menos de 1 hora en horario de oficina.

Primera consulta sin cargo 30 minutos con un especialista en su área
Presupuesto cerrado antes de empezar Sin sorpresas ni honorarios por éxito
Colaborador social AEAT Presentación telemática de todos los modelos

4,8/5 · Datos tratados en la UE · RGPD · Sin compromiso

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre Abogado de Herencias en Sevilla 2026

Desde la reforma de 2017, Andalucía aplica una bonificación del 99% en el Impuesto de Sucesiones para los herederos de los Grupos I y II: descendientes menores de 21 años (Grupo I), descendientes mayores de 21 años, ascendientes y cónyuge (Grupo II). En la práctica, una herencia entre padres e hijos en Sevilla tributa casi cero, independientemente del valor de los bienes heredados. Esta bonificación convierte a Andalucía en una de las comunidades autónomas más favorables fiscalmente para las herencias entre familiares directos, junto con Madrid.
El plazo para presentar la autoliquidación del Impuesto de Sucesiones ante la Agencia Tributaria de Andalucía es de seis meses desde el fallecimiento. Puede solicitarse prórroga de otros seis meses presentando la solicitud antes de que venza el plazo inicial. El incumplimiento genera recargos del 5% al 20% según el tiempo de retraso, más intereses de demora. Para las inscripciones en el Registro de la Propiedad no hay un plazo legal obligatorio, pero conviene realizarlas pronto.
Si el causante no otorgó testamento, es necesario tramitar una declaración de herederos abintestato. Cuando los herederos son hijos, padres o cónyuge, el expediente se tramita ante notario (es más rápido y económico). Una vez declarados los herederos, el proceso de partición e inscripción de bienes es idéntico al de la herencia con testamento. La herencia intestada en Andalucía sigue las mismas reglas del Código Civil estatal, ya que Andalucía no tiene derecho civil foral propio en materia de sucesiones.
El heredero tiene tres opciones: aceptar pura y simplemente (asume todas las deudas con su patrimonio personal), aceptar a beneficio de inventario (responde solo hasta el valor de los bienes heredados, sin comprometer el patrimonio propio) o renunciar a la herencia. La aceptación a beneficio de inventario es la opción más prudente cuando hay deudas conocidas o incertidumbre sobre el pasivo. La renuncia ante notario es definitiva e irrevocable. BMC asesora en cada caso sobre la opción más conveniente según el activo y pasivo hereditario.
Sí. Los herederos no residentes en España tienen obligación de liquidar el Impuesto de Sucesiones en España por los bienes situados en territorio español. Si el causante residía en Sevilla, la competencia fiscal corresponde a la Agencia Tributaria de Andalucía, y los herederos no residentes pueden beneficiarse de la bonificación del 99% si son del Grupo I o II. BMC gestiona herencias con herederos residentes en el extranjero, incluyendo la representación fiscal y la coordinación de la documentación notarial apostillada.
Un testamento otorgado en el extranjero es válido en España si cumple los requisitos formales del país donde fue otorgado (principio de validez formal). Para utilizarlo en la tramitación de la herencia en Sevilla debe estar apostillado o legalizado (según si el país forma parte o no del Convenio de La Haya) y, si está en otro idioma, traducido por intérprete jurado al español. El Registro General de Actos de Última Voluntad de España refleja solo los testamentos otorgados ante notario español, por lo que el certificado de últimas voluntades negativo no descarta la existencia de un testamento extranjero válido.
El coste depende de la complejidad de la herencia: número de bienes, tipo de bienes (inmuebles, cuentas, participaciones), número de herederos, existencia de conflicto y elementos internacionales. Para herencias sin conflicto en Sevilla, BMC ofrece un presupuesto cerrado tras la primera consulta gratuita. La primera consulta es sin coste y sin compromiso.
Email
Contacto