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Provincial · Madrid · Vigente

Identificación

Código de convenio
28003275011988
Ámbito
Provincial
Territorio
Madrid
Autoridad laboral
Madrid
Estado
Vigente
Vigencia
1 ene 2011 a 31 dic 2026
Primer registro
15 may 2012
Último trámite
3 ago 2019
Última revisión salarial
3 ago 2019

Texto oficial · BOCM

Historial registral

Trámite Publicado Vigencia Texto
REVISIÓN SALARIAL TABLAS 3 ago 2019 1 ene 2011 – 31 dic 2026 sin enlace
PRÓRROGA 17 nov 2018 1 ene 2011 – 31 dic 2026 sin enlace
PRÓRROGA 15 ago 2015 1 ene 2011 – 31 dic 2026 sin enlace
PRÓRROGA 24 may 2014 1 ene 2011 – 31 dic 2026 sin enlace
REVISIÓN SALARIAL TABLAS 13 jul 2013 1 ene 2011 – 31 dic 2026 sin enlace
REVISIÓN SALARIAL TABLAS 9 jun 2012 1 ene 2011 – 31 dic 2026 sin enlace
CONVENIO COLECTIVO (TEXTO NUEVO) 15 may 2012 1 ene 2011 – 31 dic 2026 BOCM

Frente al Estatuto de los Trabajadores

Un convenio mejora los mínimos del Estatuto, nunca los empeora (arts. 3.1.c y 85.1 ET). Esto es lo que se puede contrastar con lo que publica el registro.

Jornada anual No consta en el registro art. 34.1 ET
Mínimo del Estatuto
2080 h/año (40 h/semana de promedio)
Este convenio
no consta

El registro no publica la jornada anual de este convenio. Está en el texto publicado en el boletín.

Mínimos del Estatuto que este convenio tiene que respetar
Jornada máxima 40 horas semanales de promedio anual (2080 h/año) art. 34.1 ET
Jornada diaria Máximo 9 horas ordinarias al día, salvo distribución irregular pactada art. 34.3 ET
Descanso entre jornadas 12 horas entre el fin de una jornada y el inicio de la siguiente art. 34.3 ET
Descanso semanal 1.5 días ininterrumpidos a la semana, acumulables por períodos de hasta 14 días art. 37.1 ET
Vacaciones 30 días naturales al año, no sustituibles por dinero art. 38.1 ET
Horas extraordinarias Máximo 80 al año, sin contar las de fuerza mayor ni las compensadas con descanso art. 35.2 ET
Salario El del convenio aplicable, y en todo caso nunca por debajo del SMI vigente art. 27 ET

Sobre esto no se puede pronunciar este análisis

El registro publica datos registrales. Estas materias están en el texto del convenio y hay que leerlas ahí:

  • Días de vacaciones y su calendario (art. 38 ET)
  • Permisos retribuidos por encima del mínimo (art. 37.3 ET)
  • Complemento de la empresa en incapacidad temporal
  • Antigüedad: trienios, quinquenios y sus topes
  • Preaviso, período de prueba y clasificación profesional
  • Régimen de horas extraordinarias y su compensación (art. 35 ET)

Datos registrales tomados de REGCON (Ministerio de Trabajo y Economía Social). El texto que aplica es el publicado en su boletín oficial. Esta ficha no sustituye a la lectura del convenio.

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