Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La regularización tributaria implica sumar a la cuota líquida las deducciones indebidamente practicadas más los intereses de demora. Este procedimiento se aplica ante el incumplimiento de plazos de permanencia, la recepción de subvenciones posteriores a la deducción o cambios de uso en inmuebles. El ajuste debe realizarse conforme al artículo 59 del Reglamento del Impuesto o la normativa de bienes de inversión según la naturaleza del supuesto.
La DGT mantiene un criterio constante sobre la mecánica de regularización, centrada en la recuperación de la cuota y el devengo de intereses de demora. A través de las consultas, se observa una aplicación del concepto a distintos supuestos: desde el incumplimiento de plazos de permanencia en inversiones hasta la recepción de ayudas públicas o cambios de destino de inmuebles. No hay cambios en la doctrina, sino una extensión de su aplicación a diversos escenarios técnicos.
Puntos de inflexión
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Establece que el incumplimiento de plazos de permanencia obliga a sumar a la cuota la deducción indebidamente practicada más los intereses de demora.
Análisis basado en 59 de 61 consultas con criterio disponible. Actualizado 17 de septiembre de 2026.