Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Las personas físicas que tributan por estimación objetiva en el IRPF y por el régimen especial simplificado en el IVA están excluidas de la obligación de presentar la declaración anual de operaciones con terceros (modelo 390). Esta exclusión no afecta a las operaciones por las que se emita factura. Además, deben incluir las adquisiciones de bienes y servicios en su libro registro.
La posición de la DGT sobre el régimen especial simplificado se mantiene estable en cuanto a la exclusión de actividades como el transporte VTC o alquiler de vehículos con conductor. Las consultas recientes se centran en aspectos operativos como la declaración anual de operaciones con terceros y la gestión de cuotas por inversión.
Puntos de inflexión
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Precisa la exclusión de la obligación de presentar la declaración anual de operaciones con terceros para quienes tributen por estimación objetiva y régimen simplificado.
Análisis basado en 41 de 46 consultas con criterio disponible. Actualizado 23 de septiembre de 2026.