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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre reestructuración

853 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «reestructuración», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 59 consultas · 2020–2024

Criterio vigente

Para el régimen de aportaciones no dinerarias, el aportante debe mantener al menos un 5% de los fondos propios de la entidad receptora y haber poseído las participaciones ininterrumpidamente durante el año anterior. La entidad receptora debe ser residente en España y no puede tener como actividad principal la gestión de patrimonio. Se exige que la operación no tenga como objetivo principal el fraude o la evasión fiscal.

La posición de la DGT se mantiene constante en la aplicación de los requisitos de participación mínima del 5% y la posesión ininterrumpida de las acciones. Las consultas reiteran la necesidad de que la entidad receptora sea residente en España y que la operación carezca de fines de evasión fiscal. No se observan cambios en los requisitos sustantivos de los regímenes de canje o aportaciones durante el periodo analizado.

Puntos de inflexión

  1. V2308-24

    Introduce la exclusión del régimen cuando los derechos económicos proceden de jurisdicciones no cooperativas, como en el caso de Guernsey.

Análisis basado en 57 de 59 consultas con criterio disponible. Actualizado 6 de agosto de 2026.

853 consultas

V2009-19 1 ago 2019

La fusión de sociedades puede acogerse al régimen especial de IS y no estar sujeta a IVA si se cumplen los requisitos de motivos económicos y unidad económica autónoma

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
régimen especial de fusionesmotivos económicos válidosunidad económica autónomano sujeción al IVAtransmisión de patrimonio empresarial LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 76.1LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 89.2
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V0251-17 31 ene 2017

Requisitos para el régimen especial de aportaciones no dinerarias (art. 87 LIS)

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
aportación no dinerariarégimen especialreestructuraciónfondos propiosmotivos económicos válidos LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 21LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 87.1
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V4584-16 25 oct 2016

Se puede aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias si se cumplen los requisitos de la LIS y existen motivos económicos válidos

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
aportaciones no dinerariasrégimen especial de fusionesmotivos económicos válidosgestión de patrimonioactividad económica LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 87LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 89.2
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V4582-16 25 oct 2016

Se puede aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias si se cumplen los requisitos de la LIS y existen motivos económicos válidos

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
aportaciones no dinerariasrégimen especial de fusionesmotivos económicos válidosgestión de patrimonioactividad económica LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 87LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 89.2
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