Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La reducción de la disposición transitoria novena permite reducir la parte de la ganancia patrimonial generada antes del 20 de enero de 2006 para elementos adquiridos antes del 31 de diciembre de 1994. El cálculo requiere determinar la ganancia generada en dicho periodo, respetando el límite de 400.000 euros para el conjunto de valores de transmisión de elementos acogidos al régimen. El contribuyente debe acreditar el valor de adquisición y la fecha de adquisición mediante medios de prueba válidos.
La posición de la DGT se mantiene constante en la aplicación de la reducción para elementos adquiridos antes de 1995. Las consultas han ido precisando los métodos de cálculo para distintos activos, como acciones o inmuebles, y la necesidad de acreditar los valores y fechas de adquisición. No se observan cambios en el fondo del criterio, sino una aplicación técnica a diferentes supuestos.
Puntos de inflexión
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Se precisa el límite de 400.000 euros para el conjunto de valores de transmisión de elementos acogidos a este régimen desde 2015.
Análisis basado en 47 de 47 consultas con criterio disponible. Actualizado 23 de septiembre de 2026.