Un socio consulta si el reparto de una reserva por prima de emisión afecta solo a las acciones suscritas en las ampliaciones de capital. La DGT responde que la distribución afecta a todas las acciones o participaciones sociales.
Cuestión planteada Se consulta si las acciones o participaciones afectadas por el reparto de la prima de emisión, son únicamente las suscritas en las referidas ampliaciones de capital, a efectos de su tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los socios.
El reparto de la reserva por prima de emisión afecta a todas las acciones o participaciones sociales, ya que el reparto de dicha reserva corresponde a la totalidad de ellas. El importe obtenido minorará el valor de adquisición de las acciones o participaciones afectadas y el exceso tributará como rendimiento del capital mobiliario.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.
SECRETARÍA DE ESTADO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS Consultas Vinculantes Documento 1 de 1 Documento seleccionado Nº de consulta V1576-16 Órgano SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Fecha salida 13/04/2016 Normativa LIRPF, Ley 35/2006, artículo 25. Descripción de hechos El consultante es el socio de una sociedad que distribuyó entre sus socios en 2014 una reserva por prima de emisión, que se formó por aportaciones dinerarias realizadas en dos ampliaciones de capital. Cuestión planteada Se consulta si las acciones o participaciones afectadas por el reparto de la prima de emisión, son únicamente las suscritas en las referidas ampliaciones de capital, a efectos de su tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los socios. Contestación completa El artículo 25.1.d) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de los no Residentes y sobre el Patrimonio (BOE de 29 de noviembre), en la redacción vigente en el ejercicio 2014, en lo que respecta a tributación del socio por la distribución de la prima de emisión, establece: “e) La distribución de la prima de emisión de acciones o participaciones. El importe obtenido minorará, hasta su anulación, el valor de adquisición de las acciones o participaciones afectadas y el exceso que pudiera resultar tributará como rendimiento del capital mobiliario.” La cuestión consultada queda limitada a qué debe entenderse por “…acciones o participaciones afectadas…” por la distribución de la reserva por prima de emisión, siendo éstas todas las acciones o participaciones sociales, al corresponder el reparto de dicha reserva a todas ellas. Lo que comunico a usted con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.