Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Para el mantenimiento de fondos propios (art. 25.2 LIS), no se computan las aportaciones de socios ni las ampliaciones por operaciones con acciones propias. Por tanto, la disposición de partidas de capital social o prima de emisión no se incluye en el cálculo de dicho incremento. En operaciones de scrip dividend con cargo a la prima de emisión, el importe se asimila a una reducción de capital que reduce el valor fiscal de la participación.
La posición de la DGT se mantiene constante en la naturaleza de la prima de emisión como parte de los fondos propios y su tratamiento en operaciones societarias. Se ha precisado su tratamiento en el scrip dividend como una reducción de capital y su exclusión en el cálculo de mantenimiento de fondos propios según la LIS. No se observan giros doctrinales, sino una aplicación técnica de la normativa vigente.
Puntos de inflexión
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Establece que si el scrip dividend se realiza con cargo a la prima de emisión, el importe se asimila a una reducción de capital, reduciendo el valor fiscal de la participación.
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Determina que la disposición de la prima de emisión no debe computarse para el mantenimiento de fondos propios, al no incluirse las aportaciones en el cálculo inicial del art. 25.2 LIS.
Análisis basado en 33 de 37 consultas con criterio disponible. Actualizado 23 de septiembre de 2026.