La consultante pregunta si, además de presentar el modelo 587, debe presentar algún otro modelo por su actividad. La DGT informa de la existencia del modelo 586 para la declaración recapitulativa de operaciones.
Cuestión planteada Si deben presentar algún otro modelo por dedicarse a esta actividad.
En relación con el Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero, existen actualmente aprobados el modelo 586, que es la declaración recapitulativa de operaciones, y el modelo 587, que es la autoliquidación del impuesto.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.
SECRETARÍA DE ESTADO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS Consultas Vinculantes Documento 1 de 1 Documento seleccionado Nº de consulta V1576-15 Órgano SG de Impuestos Especiales y de Tributos sobre el Comercio Exterior Fecha salida 25/05/2015 Normativa Ley 16/2013, 29 octubre Real Decreto 1042/2013 Descripción de hechos La consultante presenta el modelo 587 del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero. Cuestión planteada Si deben presentar algún otro modelo por dedicarse a esta actividad. Contestación completa La Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras (BOE de 30 de octubre), en el apartado V del Preámbulo señala: “resulta oportuno introducir mecanismos de corrección de determinadas externalidades, tal es el caso de las ocasionadas por la emisión de gases de efecto invernadero: por su alcance global y por la magnitud del impacto medioambiental. A tales fines, esta Ley introduce en nuestro ordenamiento el Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero.” En base a la escasa información aportada, se indica a título meramente informativo actualmente aprobados en relación con el Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero son: · Modelo 586, aprobado por la Orden HAP/369/2015, de 27 de febrero, por la que se aprueba el modelo 586 «Declaración recapitulativa de operaciones con gases fluorados de efecto invernadero», y se establece la forma y procedimiento para su presentación, y se modifican las claves de actividad del impuesto recogidas en el anexo III de la Orden HAP/685/2014, de 29 de abril, por la que se aprueba el modelo 587 «Impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero. Autoliquidación» y se establece la forma y procedimiento para su presentación. · Modelo 587, aprobado por la Orden HAP/685/2014, de 29 de abril, por la que se aprueba el modelo 587 «Impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero. Autoliquidación», y se establece la forma y procedimiento para su presentación. Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.