Una empresa consulta qué tipo de IVA se aplica a la venta de hormigón reciclado obtenido tras procesar residuos de construcción. La DGT responde que se debe aplicar el tipo general del 21 por ciento.
Cuestión planteada Tipo impositivo aplicable a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido a las entregas de hormigón reciclado.
Se aplica el tipo impositivo del 21 por ciento a las entregas de hormigón reciclado. El artículo 91 de la Ley 37/1992 no contempla tipos reducidos para las entregas de este producto. La venta de productos obtenidos tras el tratamiento de residuos tributa al tipo general.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.
SECRETARÍA DE ESTADO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS Consultas Vinculantes Documento 1 de 1 Documento seleccionado Nº de consulta V1551-22 Órgano SG de Impuestos sobre el Consumo Fecha salida 28/06/2022 Normativa Ley 37/1992 art. 90-Uno Descripción de hechos La entidad consultante realiza la actividad de reciclaje de productos de construcción y también realizará la venta de los productos resultantes una vez molidos y clasificados, en particular, de hormigón reciclado. Cuestión planteada Tipo impositivo aplicable a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido a las entregas de hormigón reciclado. Contestación completa 1.- El artículo 90, apartado uno, de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE de 29 de diciembre), establece que el Impuesto sobre el Valor Añadido se exigirá al tipo impositivo del 21 por ciento, salvo lo previsto en el artículo 91 siguiente. El artículo 91 no contempla entre las operaciones a las que resultan aplicables tipos reducidos del Impuesto sobre el Valor Añadido las entregas del producto objeto de consulta. Es criterio de este Centro directivo, entre otras, en la contestación vinculante de fecha 12 de septiembre de 2019 y número V2393-19, que se aplica el tipo impositivo general del 21 por ciento a la venta de los productos obtenidos tras el tratamiento de residuos. En consecuencia, tributarán por el Impuesto sobre el Valor Añadido al tipo impositivo del 21 por ciento las entregas de hormigón reciclado objeto de consulta. 2.- Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.