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V1241-25 7 de julio de 2025 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Criterio vigente
IRPF · Renta · relación jurídico-tributaria

La obligación de declarar el IRPF en el Ingreso Mínimo Vital no constituye una obligación tributaria

Se consulta si la obligación de presentar la declaración del IRPF establecida en la Ley del Ingreso Mínimo Vital es una obligación tributaria y si afecta a todos los miembros de la unidad de convivencia. La DGT responde que dicha obligación no es de naturaleza tributaria.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Si la obligación de presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, establecida en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital, solamente afecta a los titulares del Ingreso Mínimo Vital o tal obligación alcanza a todos los componentes de la unidad de convivencia, y existe dicha obligación para el periodo impositivo 2023.

El criterio de la DGT

La obligación de declaración del IRPF impuesta por la normativa del ingreso mínimo vital no es una obligación tributaria. Esto se determina sin perjuicio de los efectos que el incumplimiento de dicha obligación pueda tener en otros ámbitos distintos al tributario.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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