Una profesional consulta si puede aplicar la reducción por ingresos irregulares a unos honorarios de 210.000 euros recibidos por la gestión de una herencia. La DGT responde que no es posible aplicar dicha reducción.
Cuestión planteada "Dado que el importe recibido tiene un carácter extraordinario y no está relacionado con mi actividad principal, me gustaría saber si podría acogerme a la reducción del 30% prevista para los ingresos irregulares en la declaración de la renta".
La reducción del 30% del artículo 32.1 de la Ley del IRPF solo aplica a rendimientos con un periodo de generación superior a dos años o que sean calificados reglamentariamente como notoriamente irregulares. Los honorarios profesionales no se encuentran entre los supuestos de irregularidad reglamentaria (subvenciones, indemnizaciones por cese, premios o sustitución de derechos económicos). Por tanto, al no cumplir ninguno de los dos requisitos, no procede la reducción.
Sobre unos honorarios de 210.000 euros por gestión de herencia, no es posible aplicar la reducción del 30%, por lo que la base imponible por este concepto será el importe íntegro.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.