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V0729-25 22 de abril de 2025 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Criterio vigente
IRPF · Renta · intereses indemnizatorios

Los intereses indemnizatorios por sentencia judicial tributan como ganancia patrimonial en la base general

El consultante pregunta cómo tributan los intereses recibidos por una sentencia judicial. La DGT responde que, al ser intereses indemnizatorios por daños y perjuicios, deben tributar como ganancias patrimoniales integradas en la base imponible general.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Tributación de la cantidad obtenida en concepto de intereses.

El criterio de la DGT

Los intereses indemnizatorios, que resarcen daños por incumplimiento o retraso, no son rendimientos del capital mobiliario sino ganancias patrimoniales. Siguiendo la doctrina del Tribunal Supremo, estos intereses deben integrarse en la base imponible general y no en la del ahorro. La imputación temporal se realiza en el período impositivo en que la sentencia sea firme.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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