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V5337-26 ·28 de julio de 2026 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Se puede aplicar la exención de IRPF por venta de vivienda habitual si se tiene 65 años y se vende hasta dos años después de dejar de residir en ella

El consultante pregunta si para la exención de la vivienda habitual por edad basta con tener 65 años en la fecha de venta o si debe residir en ella a esa edad. La DGT aclara que se puede aplicar la exención si la venta ocurre dentro de los dos años siguientes a dejar de residir en la vivienda, siempre que se tengan 65 años en el momento de la transmisión.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2026-07-28PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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