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V4855-16 ·11 de noviembre de 2016 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Una fusión puede acogerse al régimen especial si cumple los requisitos mercantiles y tiene motivos económicos válidos

La consultante pregunta si una operación de fusión de clínicas de odontología puede aplicar el régimen especial de Impuesto sobre Sociedades. La DGT indica que, si se cumple la normativa mercantil y el artículo 76.1.a) de la LIS, la operación podría acogerse al régimen siempre que no tenga como fin principal el fraude o la ventaja fiscal.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2016-11-11PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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