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V3279-20 ·4 de noviembre de 2020 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Una fusión por absorción puede acogerse al régimen especial si cumple los requisitos mercantiles y económicos

Las sociedades A y B consultan si su fusión por absorción puede aplicar el régimen especial de la LIS bajo un motivo económico válido. La DGT señala que, si se cumple la normativa mercantil y el art. 76.1 de la LIS, podría aplicarse, siempre que no tenga como fin principal el fraude o la ventaja fiscal.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2020-11-04PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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