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V2532-22 ·9 de diciembre de 2022 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

La fusión por absorción puede acogerse al régimen especial de IS y no tributar por ITPAJD o IIVTNU bajo ciertas condiciones

Se consulta si una operación de fusión por absorción puede aplicar el régimen especial de IS y su impacto en otros impuestos. La DGT señala que si la fusión tiene motivos económicos válidos y no es para fraude, puede aplicar el régimen especial, la no sujeción al ITPAJD y el no devengo del IIVTNU.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2022-12-09PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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