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V2479-20 ·21 de julio de 2020 ·consulta-vinculante Impacto medio
FISCAL

Una empresa extranjera sin establecimiento permanente en España puede no estar obligada a retener IRPF por servicios profesionales

Un abogado consultó si una empresa polaca debe aplicar retención de IRPF al pagar sus servicios profesionales en España. La DGT responde que la empresa no residente solo tiene obligación de retener si opera mediante establecimiento permanente o si los rendimientos constituyen gasto deducible para rentas del IRNR según el artículo 24.2 del texto refundido de dicha ley.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2020-07-21PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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