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MEDIO
FISCAL

Pensión de la Seguridad Social española cobrada por residente en EEUU: España retiene por IRNR y no procede devolución si la retención es correcta

V2448-24

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia

Ficha tecnica

Tipo
consulta-vinculante (que es?)
Identificador
V2448-24
Publicacion
4 dic 2024

Resumen

Un residente fiscal en EEUU que percibe una pensión de la Seguridad Social española y ha soportado retenciones de IRNR pregunta sobre la tributación y la posibilidad de recuperar el exceso. La DGT distingue dos escenarios según el CDI España-EEUU: si la pensión es pública (servicios prestados al Estado español), España grava en exclusiva salvo que el consultante sea nacional estadounidense o tenga estatuto de inmigrante; si es pensión privada pagada por la Seguridad Social, las potestades son compartidas entre ambos Estados. En ambos casos, si las retenciones se practicaron correctamente, no procede devolución en España; si hubo exceso sobre la cuota, cabe presentar el modelo 210.

En 6 claves

A quien afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

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Que hacer y antes de cuando

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Linea de vida

2024-12-04PublicacionPublicacion en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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