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FISCAL

Pensión de la Seguridad Social española cobrada por residente en EEUU: España retiene por IRNR y no procede devolución si la retención es correcta

V2448-24

Prepared and reviewed by the BMC editorial team  ·  Methodology

Technical details

Type
consulta-vinculante (what is this?)
Identifier
V2448-24
Published
4 Dec 2024

Summary

Un residente fiscal en EEUU que percibe una pensión de la Seguridad Social española y ha soportado retenciones de IRNR pregunta sobre la tributación y la posibilidad de recuperar el exceso. La DGT distingue dos escenarios según el CDI España-EEUU: si la pensión es pública (servicios prestados al Estado español), España grava en exclusiva salvo que el consultante sea nacional estadounidense o tenga estatuto de inmigrante; si es pensión privada pagada por la Seguridad Social, las potestades son compartidas entre ambos Estados. En ambos casos, si las retenciones se practicaron correctamente, no procede devolución en España; si hubo exceso sobre la cuota, cabe presentar el modelo 210.

Lifecycle

2024-12-04PublishedPublished in the BOE
Official text Based on BOE data (boe.es). Information, not advice.

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This analysis is informational only and does not constitute legal advice or create a client-adviser relationship. BM Consulting.
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