Ir al contenido
V2308-20 ·7 de julio de 2020 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Una fusión por absorción puede acogerse al régimen especial si cumple requisitos mercantiles y tiene motivos económicos válidos

Las entidades consultantes preguntan si una fusión por absorción de una filial por parte de su matriz puede aplicar el régimen especial de Impuesto sobre Sociedades y si existen motivos económicos válidos. La DGT indica que la operación puede acogerse a dicho régimen si se realiza bajo la Ley de modificaciones estructurales y cumple el art. 76.1 de la LIS, siempre que no tenga como fin principal la ventaja fiscal.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2020-07-07PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

¿Esta norma te afecta?

El equipo fiscal revisa tu situación concreta.

Hablar con el equipo fiscal
Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto