Pensionista residente con pensión INSS y pensión francesa inferior a 1.500 euros no está obligado a declarar el IRPF
Ficha tecnica
Resumen
Un residente en España percibe una pensión del INSS de aproximadamente 18.000 euros y una segunda pensión procedente de Francia de entre 500 y 600 euros anuales. La DGT resuelve que, al ser la segunda pensión extranjera inferior a 1.500 euros, el límite de exclusión de la obligación de declarar asciende a 22.000 euros y, al no superarlo, no existe obligación de presentar declaración de IRPF.
En 6 claves
A quien afecta
Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.
Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Que hacer y antes de cuando
Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.