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MEDIO
FISCAL

Proveedor de servicios de criptomonedas inscrito en el Banco de España sin actividad real en 2023 no está obligado a presentar los modelos 172 y 173

V2178-24

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia

Ficha tecnica

Tipo
consulta-vinculante (que es?)
Identificador
V2178-24
Publicacion
11 oct 2024

Resumen

Una sociedad inscrita en el Registro del Banco de España como proveedor de cambio de moneda virtual y custodia de monederos electrónicos no realizó ninguna operación ni mantuvo saldos en custodia durante 2023. La DGT resuelve que la obligación de informar nace de la efectiva realización de la actividad, no de la inscripción registral, por lo que sin actividad real en 2023 no existe obligación de presentar los modelos 172 y 173.

En 6 claves

A quien afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Que hacer y antes de cuando

Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Linea de vida

2024-10-11PublicacionPublicacion en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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Este analisis tiene caracter informativo y no constituye asesoramiento juridico ni crea relacion cliente-asesor. BM Consulting.
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