Proveedor de servicios de criptomonedas inscrito en el Banco de España sin actividad real en 2023 no está obligado a presentar los modelos 172 y 173
Technical details
Summary
Una sociedad inscrita en el Registro del Banco de España como proveedor de cambio de moneda virtual y custodia de monederos electrónicos no realizó ninguna operación ni mantuvo saldos en custodia durante 2023. La DGT resuelve que la obligación de informar nace de la efectiva realización de la actividad, no de la inscripción registral, por lo que sin actividad real en 2023 no existe obligación de presentar los modelos 172 y 173.