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V1907-15 ·17 de junio de 2015 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

La fusión puede acogerse al régimen especial de IS si se realiza por motivos económicos válidos y no por fraude

Una empresa consulta si su proyecto de fusión puede aplicar el régimen fiscal especial de reestructuraciones y si sus motivos económicos son válidos. La DGT indica que, si la operación cumple con la normativa mercantil y la LIS, y no tiene como fin principal el fraude o la ventaja fiscal, puede acogerse a dicho régimen.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2015-06-17PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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