V1779-24: IRPF — retención a socios-administradores cuando el cargo es gratuito y los servicios se retribuyen como actividad profesional o trabajo
Ficha tecnica
Resumen
Un socio ejerce el cargo de administrador de forma gratuita y presta servicios adicionales a la sociedad por los que percibe retribución. La DGT concluye que, siendo el cargo gratuito, no procede retención ni imputación por ese concepto. Los servicios al margen del cargo tributan como actividades económicas con retención del 15% si el socio está en el RETA y la actividad figura en la Sección Segunda del IAE; en caso contrario, tributan como rendimientos del trabajo con retención según tablas. La retribución debe valorarse a precio de mercado.
En 6 claves
A quien afecta
Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.
Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Que hacer y antes de cuando
Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.