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V1651-26 ·18 de junio de 2026 ·consulta-vinculante Impacto medio
FISCAL

No procede la práctica de retenciones de IRPF si la Administración ya ha reconocido la no residencia del trabajador

Una empresa pregunta si debe seguir reteniendo IRPF a un trabajador que labora en Argelia y cuya no residencia ya fue reconocida por la Administración en un procedimiento previo. La DGT responde que, si se mantienen los hechos que acreditaron la no residencia, no procede practicar retenciones de IRPF.

En 5 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2026-06-18PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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