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MEDIO
FISCAL

El fallecimiento del arrendador no modifica la fecha del contrato y la adquisición del inmueble se compone de distintas fechas según el derecho adquirido

V1416-25

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia

Ficha tecnica

Tipo
consulta-vinculante (que es?)
Identificador
V1416-25
Publicacion
24 jul 2025

Resumen

El consultante pregunta si el fallecimiento de su madre, arrendadora, genera una nueva fecha de contrato y cuál es la fecha y valor de adquisición del inmueble heredado. La DGT responde que el contrato se subroga sin cambios y que la adquisición del inmueble tiene dos fechas y valores distintos según la consolidación del dominio.

En 6 claves

A quien afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Que hacer y antes de cuando

Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Linea de vida

2025-07-24PublicacionPublicacion en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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Este analisis tiene caracter informativo y no constituye asesoramiento juridico ni crea relacion cliente-asesor. BM Consulting.
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