El fallecimiento del arrendador no modifica la fecha del contrato y la adquisición del inmueble se compone de distintas fechas según el derecho adquirido
Ficha tecnica
Resumen
El consultante pregunta si el fallecimiento de su madre, arrendadora, genera una nueva fecha de contrato y cuál es la fecha y valor de adquisición del inmueble heredado. La DGT responde que el contrato se subroga sin cambios y que la adquisición del inmueble tiene dos fechas y valores distintos según la consolidación del dominio.
En 6 claves
A quien afecta
Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.
Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Que hacer y antes de cuando
Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.