Integración al 75% como rendimiento del trabajo de prestaciones por aportaciones a mutualidades (1967-1978) bajo condiciones específicas
Ficha tecnica
Resumen
La consultante pregunta cómo aplicar la sentencia del Tribunal Supremo sobre aportaciones a una mutualidad entre 1970 y 1978 a su pensión de jubilación. La DGT indica que, si la mutualidad se rige por el mismo régimen que la de Banca, debe integrarse el 75% de la parte de la prestación correspondiente a esas aportaciones.
En 6 claves
A quien afecta
Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.
Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Que hacer y antes de cuando
Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.