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V0930-15 ·25 de marzo de 2015 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Se puede aplicar el régimen especial de escisión si la operación tiene motivos económicos válidos

Una sociedad consultante pregunta si su proyecto de escisión total puede acogerse al régimen especial de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. La DGT responde que, si la operación cumple con los requisitos mercantiles y tiene como objetivo motivos económicos válidos y no la mera ventaja fiscal, puede aplicarse dicho régimen.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2015-03-25PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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