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V0862-21 ·13 de abril de 2021 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Los días de estancia en España por cierre de fronteras COVID-19 computan para la residencia fiscal, pero el Convenio podría evitar la doble imposición

Un residente en Marruecos pregunta si los días que permaneció en España por el cierre de fronteras debido al COVID-19 deben contarse para el límite de 183 días de residencia fiscal. La DGT responde que esos días sí computan según la ley española, pero que el Convenio de Doble Imposición probablemente evitaría que se le considere residente en España.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2021-04-13PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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