Ir al contenido
V0801-15 ·13 de marzo de 2015 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Los trabajadores desplazados al extranjero pueden aplicar la exención por trabajos realizados en el exterior bajo ciertos requisitos

Una empresa consulta si los empleados desplazados al extranjero para realizar instalaciones o reparaciones pueden tributar en el país de destino y si pueden aplicar la exención del artículo 7.p) de la LIRPF. La DGT explica que la tributación depende de la residencia fiscal del trabajador y de la existencia de convenios de doble imposición, y que la exención requiere que los trabajos se realicen para una entidad no residente y produzcan una ventaja al destinatario.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2015-03-13PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

¿Esta norma te afecta?

El equipo fiscal revisa tu situación concreta.

Hablar con el equipo fiscal
Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto