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V0785-26 ·8 de abril de 2026 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Se puede aplicar el régimen de neutralidad fiscal en una fusión por absorción si se cumplen los requisitos legales y no hay fraude

La consultante pregunta si la fusión por absorción de la entidad A por la entidad B puede acogerse al régimen de neutralidad fiscal. La DGT responde que es posible si la operación cumple los requisitos de la LIS y no tiene como objetivo principal el fraude o la evasión fiscal.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2026-04-08PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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