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V0708-24 ·16 de abril de 2024 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

El complemento de maternidad de la Seguridad Social tributa como rendimiento del trabajo y no está exento

El consultante pregunta si el complemento de maternidad reconocido con efectos retroactivos está exento de tributación según el artículo 7.h) de la LIRPF. La DGT responde que dicho complemento tiene naturaleza de pensión pública contributiva y debe tributar como rendimiento del trabajo.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2024-04-16PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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