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MEDIO
FISCAL

La venta de la vivienda habitual en un concurso de acreedores puede estar exenta de IRPF si se realiza mediante ejecución hipotecaria judicial

V0531-25

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia

Ficha tecnica

Tipo
consulta-vinculante (que es?)
Identificador
V0531-25
Publicacion
28 mar 2025

Resumen

El consultante pregunta si la venta de su vivienda habitual mediante subasta o venta concursal en un concurso de acreedores permite la exención de la ganancia patrimonial. La DGT responde que la exención es aplicable si la transmisión se realiza en una ejecución hipotecaria judicial destinada al pago de la deuda hipotecaria.

En 6 claves

A quien afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Que hacer y antes de cuando

Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Linea de vida

2025-03-28PublicacionPublicacion en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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