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MEDIO
FISCAL

El segundo empleador no debe retener IRPF si los rendimientos que le paga no superan el límite del art. 81 RIRPF

V0498-25

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia

Ficha tecnica

Tipo
consulta-vinculante (que es?)
Identificador
V0498-25
Publicacion
27 mar 2025

Resumen

Un contribuyente pregunta si es correcto que su segundo empleador no le aplicara retenciones de IRPF tras un cambio de trabajo. La DGT responde que cada pagador determina su retención de forma independiente basándose en los rendimientos que él mismo satisface.

En 5 claves

A quien afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Que hacer y antes de cuando

Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Linea de vida

2025-03-27PublicacionPublicacion en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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Este analisis tiene caracter informativo y no constituye asesoramiento juridico ni crea relacion cliente-asesor. BM Consulting.
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