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V0299-21 ·19 de febrero de 2021 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

No se puede aplicar el régimen especial de escisión si los activos segregados no constituyen una rama de actividad

Una empresa de asesoría consultó si la segregación de sus activos inmobiliarios y financieros podía acogerse al régimen especial de escisión parcial. La DGT responde que no, ya que dichos activos no forman una unidad económica autónoma o rama de actividad.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2021-02-19PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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