Ir al contenido
V0270-15 ·23 de enero de 2015 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Los gastos de un lugar en el extranjero son deducibles si no tiene la consideración de establecimiento permanente

Una sociedad española consultó si los gastos de su establecimiento en Francia eran deducibles, dado que este solo realiza actividades preparatorias o accesorias. La DGT determinó que, al no ser un establecimiento permanente según el Convenio entre España y Francia, no se aplica la prohibición de deducir rentas negativas.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2015-01-23PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

¿Esta norma te afecta?

El equipo fiscal revisa tu situación concreta.

Hablar con el equipo fiscal
Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto