La Resolución de 23 de abril de 2026 publica el XII Convenio colectivo nacional para las industrias de pastas alimenticias para 2025-2026. El convenio entra en vigor el 1 de enero de 2025 y se aplica hasta el 31 de diciembre de 2026. Su vigencia está regulada por el art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 y por el Real Decreto 713/2010.
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Resolución de 23 de abril de 2026
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Resolución de 23 de abril de 2026
Las empresas del sector de pastas alimenticias deben incorporar las condiciones del nuevo convenio colectivo en sus relaciones laborales a partir del 1 de enero de 2025. Los trabajadores tienen derecho a las condiciones establecidas en el convenio, como salarios, jornada y beneficios. Las administraciones laborales deben actualizar sus registros conforme al nuevo texto. El plazo de aplicación es hasta el 31 de diciembre de 2026, y el convenio es prorrogable.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Incorporar las condiciones del XII Convenio colectivo en las relaciones laborales | art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 | 1 de enero de 2025 |
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