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BOE-A-2026-9434 ·30 de abril de 2026 ·Real Decreto Impacto bajo
Fiscal

El Ayuntamiento de Larouco declara bien de interés cultural el conjunto de Bodegas Cueva de Seadur

El Decreto 28/2026 declara el conjunto de Bodegas Cueva de Seadur como bien de interés cultural en el municipio de Larouco (Ourense), conforme al artículo 8.2 de la Ley 5/2016 del Patrimonio Cultural de Galicia. Esta declaración tiene como objetivo reconocer su valor artístico, histórico y cultural para la identidad gallega. El acto constituye una medida de protección del patrimonio cultural local.

En 2 claves

  1. El conjunto de Bodegas Cueva de Seadur es declarado bien de interés cultural por el Ayuntamiento de Larouco (art. 8.2 de la LPCG)
  2. La declaración se realiza en ejercicio de la competencia exclusiva de Galicia en materia de patrimonio cultural (art. 149.1.28.ª de la Constitución y art. 27 del Estatuto de Autonomía)

A quién afecta

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  • Empresas locales con actividad turística o de servicios en el municipio

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  • Autónomos con actividades en el municipio de Larouco

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  • Personas físicas con interés en el patrimonio local

Cómo afecta a los implicados

Para el Ayuntamiento de Larouco, se consolida el reconocimiento institucional del bien cultural, facilitando su protección y gestión. Para el sector turístico y local, se potencia el valor del patrimonio como recurso de identidad y atractivo. Los responsables de la conservación del bien deberán cumplir con las normas de protección establecidas en la LPCG. Asesores en patrimonio cultural podrán orientar mejor la gestión del bien.

Línea de vida

2026-04-30PublicacionPublicación en el BOE
2026-04-01Entra en vigorEntrada en vigor (disposición final del decreto)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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