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BOE-A-2026-9281 ·28 de abril de 2026 ·orden Impacto medio
Fiscal

Organizaciones no gubernamentales: 3 meses para presentar programas de prevención de violencia contra la mujer

La Orden IGD/393/2026 modifica la Orden IGD/239/2022 para establecer un plazo de tres meses para la presentación de programas de concienciación, prevención e investigación de violencia contra la mujer por parte de organizaciones no gubernamentales (art. 3.1, 4, 5.1, 7, 8.1, 9.2 y 3). El plazo comienza a contar desde la publicación en el BOE y se aplica exclusivamente a estas entidades.

En 3 claves

  1. Organizaciones no gubernamentales deben presentar programas de prevención en 3 meses (art. 3.1)
  2. Los programas deben abordar concienciación, prevención e investigación de violencia contra la mujer (art. 4)
  3. La presentación se regula bajo el marco de la Ley Orgánica 10/2022 (art. 3)

Cómo afecta a los implicados

Las organizaciones no gubernamentales que presenten programas de prevención de violencia contra la mujer deben cumplir con el plazo de tres meses desde la publicación del BOE (art. 3.1, 4, 5.1, 7, 8.1, 9.2 y 3). El retraso puede implicar la pérdida de derecho a concesión de subvenciones. Las administraciones públicas no sufren cambios en su proceso de evaluación, pero deben garantizar la transparencia en la selección de proyectos.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Presentar programas de prevención de violencia contra la mujer art. 3.1 3 meses desde la publicación del BOE
Asegurar que los programas aborden concienciación, prevención e investigación art. 4

Línea de vida

2026-04-28PublicacionPublicación en el BOE
2026-05-28Entra en vigorEntrada en vigor (disposiciones transitorias del art. 3.1)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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