Ir al contenido
BOE-A-2026-9281 ·28 de abril de 2026 ·orden Impacto medio
Fiscal

Organizaciones no gubernamentales: 3 meses para presentar programas de prevención de violencia contra la mujer

La Orden IGD/393/2026 modifica la Orden IGD/239/2022 para establecer un plazo de tres meses para que las organizaciones no gubernamentales presenten programas de concienciación, prevención e investigación de violencia contra la mujer. Este plazo se aplica a las solicitudes de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, conforme a lo establecido en el art. 3.1, 4, 5.1, 7, 8.1 y 9.2 de la Orden IGD/239/2022. El cambio busca mejorar la transparencia y el tiempo de evaluación de las propuestas.

En 1 clave

  1. Organizaciones no gubernamentales deben presentar programas de prevención de violencia contra la mujer en un plazo de 3 meses (art. 3.1, 4, 5.1, 7, 8.1 y 9.2 de la Orden IGD/239/2022)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Si la pyme desarrolla programas de concienciación o prevención de violencia contra la mujer como entidad no gubernamental

Aplica a este perfil

  • Si el autónomo actúa como entidad no gubernamental en programas de prevención de violencia contra la mujer

Aplica a este perfil

  • Organizaciones no gubernamentales que presenten programas de concienciación, prevención o investigación de violencia contra la mujer

art. 3.1, 4, 5.1, 7, 8.1 y 9.2 de la Orden IGD/239/2022

Cómo afecta a los implicados

Para las organizaciones no gubernamentales, implica un plazo claro para presentar sus programas, lo que permite planificar mejor su solicitud de subvención. Las administraciones podrán evaluar las propuestas con mayor eficiencia. Los asesores de estas organizaciones deben asegurarse de que los programas cumplan con los criterios establecidos y que se presenten dentro del plazo establecido. El sector de prevención de violencia contra la mujer recibe un impulso en la formalización de sus propuestas.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Presentar programas de concienciación, prevención o investigación de violencia contra la mujer dentro de 3 meses art. 3.1, 4, 5.1, 7, 8.1 y 9.2 de la Orden IGD/239/2022 3 meses

Línea de vida

2026-04-28PublicacionPublicación en el BOE
2026-04-29Entra en vigorEntrada en vigor (fecha_vigencia (indice oficial del BOE))
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

¿Esta norma te afecta?

El equipo fiscal revisa tu situación concreta.

Hablar con el equipo fiscal
Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto