La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública establece que la prórroga de una anotación preventiva de embargo es un mero acto de trámite para evitar la caducidad y no un acto ejecutivo (Fundamentos de Derecho). Por tanto, el Registrador no puede denegar la práctica de la prórroga exigiendo la acreditación de la renovación de convenios o la delegación de firma del tesorero (Hechos II). Esta distinción es clave para que las actuaciones de prórroga no queden excluidas de la prohibición de inicio de ejecuciones en procesos concursales (Fundamentos de Derecho).
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Para las Administraciones Públicas (como la Diputación de Málaga), se facilita la conservación de sus derechos de embargo sobre bienes de deudores, al no tener que aportar documentación adicional sobre convenios o delegaciones de firma para actos de mera prórroga (Fundamentos de Derecho). Para los Registradores, se limita su capacidad de calificación negativa en estos supuestos, ya que la prórroga no constituye un acto de ejecución propiamente dicho (Fundamentos de Derecho).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Solicitar la prórroga de anotaciones de embargo sin necesidad de aportar convenios o delegaciones de firma | Fundamentos de Derecho |
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