El Real Decreto 302/2026 añade el capítulo VII al Real Decreto 212/2002 sobre emisiones sonoras, estableciendo nuevas obligaciones de información y métodos de medición del ruido aéreo emitido por máquinas al aire libre. Este cambio afecta a las empresas que operan con dichas máquinas y requiere la actualización de sus procedimientos de control acústico. La entrada en vigor se fija en el 11 de abril de 2026, con excepción para ciertos RDs que entrarán en vigor el 30 de mayo de 2026 (art. 2, disp. final 4).
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Las empresas que utilizan máquinas al aire libre deben actualizar sus procedimientos de control de ruido y cumplir con las nuevas obligaciones de información y medición. Los asesores de seguridad industrial deben revisar los protocolos de evaluación acústica. Las comunidades autónomas que regulan la contaminación acústica deben adaptar sus normativas a los nuevos criterios. El sector de jardinería y obras verá un aumento en la exigencia de registros técnicos.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Incorporar el capítulo VII en las normas de emisiones sonoras de máquinas al aire libre | art. 2 | 30 días desde el 11 de abril de 2026 |
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