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BOE-A-2026-8023 ·10 de abril de 2026 ·Real Decreto Impacto medio
Fiscal

Empresas con máquinas de uso al aire libre: 11 de abril de 2026 para cumplir con nuevas obligaciones de información y medición del ruido

El Real Decreto 302/2026 añade capítulos de información y medición del ruido a varios RDs de seguridad industrial. Se modifican artículos clave y se sustituye el anexo III y se suprime el art. 17 del RD 212/2002. El cambio entra en vigor el 11 de abril de 2026 para ciertos RDs, con efectos desde esa fecha (art. 3).

En 3 claves

  1. Añade capítulo VII a RD 203/2016, 144/2016, 108/2016, 709/2015, 1388/2011, 1644/2008, y RD 186/2016, 187/2016 (art. 2)
  2. Sustituye el anexo III y suprime el art. 17 del RD 212/2002 con efectos desde el 11 de abril de 2026 (art. 3)
  3. Transpone la Directiva (UE) 2024/2839 y parcialmente la (UE) 2024/2749 (art. 3)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas que utilicen máquinas de uso al aire libre
  • Con independencia del sector

art. 2

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

art. 2

Aplica a este perfil

  • Empresas con máquinas de uso al aire libre
  • Con independencia del tamaño

art. 2

Cómo afecta a los implicados

Las empresas que operan máquinas de uso al aire libre deben actualizar sus procedimientos de información sobre ruidos y adoptar métodos de medición conforme a los nuevos capítulos añadidos (art. 2). El plazo de aplicación es el 11 de abril de 2026 (art. 3). Las administraciones autonómicas que gestionan estas máquinas deben adaptar sus registros técnicos y normativos. El cumplimiento es obligatorio desde esa fecha, sin excepción.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Añadir capítulo VII a los RDs citados en el art. 2 art. 2 11 de abril de 2026
Sustituir el anexo III y suprimir el art. 17 del RD 212/2002 art. 3 11 de abril de 2026

Línea de vida

2026-04-10PublicacionPublicación en el BOE
2026-04-11Entra en vigorEntrada en vigor (disposición final 4)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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