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BOE-A-2026-6976 ·26 de marzo de 2026 ·Real Decreto Impacto medio
Fiscal

Beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital: 3 meses para aplicar exención del IRPF por rentas laborales o por cuenta propia

El Real Decreto 240/2026 modifica el RD 789/2022 para incluir una exención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital que tengan ingresos por trabajo o actividad económica por cuenta propia. Esta exención se aplica conforme a la disposición transitoria única, que establece un plazo de tres meses para su aplicación. El cambio mejora la compatibilidad entre la prestación y las rentas laborales o económicas, favoreciendo la inclusión social y laboral.

En 2 claves

  1. Beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital con rentas laborales o por cuenta propia: exención del IRPF (disposición adicional 4)
  2. Plazo de aplicación: 3 meses desde la entrada en vigor (disposición transitoria única)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas con trabajadores que reciben Ingreso Mínimo Vital

Aplica a este perfil

  • Autónomos que reciben Ingreso Mínimo Vital y tienen ingresos por actividad económica

art. 1

Aplica a este perfil

  • Personas que reciben Ingreso Mínimo Vital y tienen rentas laborales o por cuenta propia

art. 1

Cómo afecta a los implicados

Los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital que tengan ingresos laborales o por cuenta propia podrán beneficiarse de una exención fiscal, reduciendo su carga tributaria. Las administraciones de servicios sociales podrán facilitar la información a los beneficiarios. Los asesores fiscales deben verificar si los casos cumplen con la exención y asesorar sobre el plazo de aplicación. Los trabajadores y autónomos que reciben la prestación deben actuar en el plazo establecido para no perder el beneficio.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Verificar si se cumplen las condiciones para acceder a la exención del IRPF disposición adicional 4 3 meses desde la entrada en vigor

Línea de vida

2026-03-26PublicacionPublicación en el BOE
2026-03-27Entra en vigorEntrada en vigor (fecha_vigencia (indice oficial del BOE))
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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