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La Ley 2/2026 modifica el artículo 61.2.d) de la Ley 9/2010 para que las retribuciones de personal sanitario se ajusten al Estatuto aprobado por la Ley Orgánica 8/1981. Este cambio se aplica a las instituciones sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria. La modificación entra en vigor tras un plazo de tres meses desde su publicación (art. 61.2.d).
Las instituciones sanitarias de Cantabria deben actualizar las retribuciones de personal sanitario conforme al Estatuto de Sanidad de 1981. Los trabajadores sanitarios reciben una retribución ajustada a partir del plazo establecido. Las administraciones sanitarias asumen el costo de la reajustación y deben gestionar el cambio en sus planes de personal (art. 61.2.d).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Ajustar retribuciones de personal sanitario conforme al Estatuto de Sanidad de 1981 | art. 61.2.d) | 3 meses desde entrada en vigor |
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