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La Resolución de 25 de febrero de 2026 publica el Convenio Colectivo de Northgate España Renting Flexible, SA, que entra en vigor el 1 de mayo de 2025, conforme al artículo 90.2 y 3 del RDL 2/2015. Este convenio establece condiciones laborales específicas para los trabajadores del sector de alquiler de vehículos automóviles en España. La vigencia se extiende hasta el 30 de abril de 2027 y es prorrogable.
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art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015
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Para las empresas de alquiler de vehículos, se establece un nuevo marco laboral que debe aplicarse a partir del 1 de mayo de 2025. Los trabajadores podrán acceder a condiciones laborales definidas en el convenio, como jornada, salario o beneficios. Las administraciones y asesores deben verificar el cumplimiento del nuevo convenio para evitar desacuerdos laborales. Las empresas que no lo adopten podrían enfrentar sanciones o conflictos laborales.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Verificar el cumplimiento del nuevo convenio colectivo desde el 1 de mayo de 2025 | art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 |
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