La norma establece un plazo de tres meses para que las empresas con más de 10 trabajadores adapten su registro de jornada a formato electrónico. Si no lo hacen, podrán ser sancionadas con multas de hasta 7.500 euros por trabajador. Este cambio busca modernizar la gestión laboral y mejorar la transparencia en el control de horas trabajadas (art. 4).
Aplica a este perfil
art. 4
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Para empresas con más de 10 trabajadores, implica una obligación de actualizar su sistema de registro de jornada. Los trabajadores no sufren cambios directos, pero su jornada laboral será más transparente. Los asesores deben revisar los registros y asesorar a sus clientes sobre el cumplimiento del plazo. Las empresas que no actúen corren el riesgo de multas significativas por incumplimiento (art. 4).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Adaptar el registro de jornada a formato electrónico | art. 4 | 3 meses desde entrada en vigor |
| Verificar cumplimiento de las multas por incumplimiento | art. 4.2 |
El equipo laboral revisa tu situación concreta.